
La venta de licor queda limitada en todo el país durante el periodo festivo de Carnaval, información publicada en la Gaceta Oficial
Del 20 al 23 de febrero el expendio estará permitido desde las 9:00 am hasta las 7:00 pm en distribuidores o licorerías, supermercados y afines. En tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos, discotecas y afines, el expendio se podrá efectuar entre el mediodía y la medianoche. El día 24 no estará permitido el expendio de bebidas alcohólicas. La información está publicada en una resolución de la Gaceta Oficial número 39.123, de fecha miércoles 18 de febrero de 2009.
La limitación deberá aplicarse los días 20, 21, 22, 23 y 24 de febrero. Funcionará de la siguiente manera:
En distribuidores o licorerías, supermercados y afines, los días 20,21,22 y 23 de febrero, el expendio estará permitido desde las 9:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche; en tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos, discotecas y afines, el expendio se podrá efectuar los días 20, 21, 22, y 23 de febrero, desde la 12:00 del mediodía hasta las 12:00 de la noche; en todos los casos anteriores, el día 24 de febrero, no estará permitido el expendio de bebidas alcohólicas.
Estas medidas se toman de acuerdo con el Plan Nacional de Protección para la Prevención y Atención en Periodos Festivos, de Asueto y Vacacionales.
Las autoridades adoptarán las medidas que permitan la determinación de los niveles de consumo de bebidas alcohólicas y la capacidad psicomotora por parte de las personas que operen cualquier unidad de transporte, sea terrestre, aérea o acuática, a fin de evitar accidentes de tránsito.
Las fiestas carnestolendas constituyen un espacio propicio para que todas las familias expresen sus alegrías, compartan amenamente y descansen de las tareas cotidianas y es necesidad de regular el expendio y distribución de alcohol y especies alcohólicas, a fin de prevenir accidentes de tránsito, riñas y eventos adversos que generan daños a la integridad de las personas y a sus bienes.
-El Nacional

