Castigo por retraso de juicios
07 Mayo de 2008 por Sala de Prensa - 10:59 am

En la Asamblea Nacional circula hoy una reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) la cual contempla penalizar a los responsables en el retraso del juicio.
La modificación del artículo 327, referido a la audiencia preliminar, señala que “de tener que diferirse dicha audiencia deberá ser fijada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de veinte días (…)de no realizarse la audiencia dentro del plazo establecido, las partes podrán intentar las acciones disciplinarias a que haya lugar contra aquél por cuya responsabilidad no se realizó dicha audiencia “.
Según reporta El Universal, un informe divulgado a finales de 2006 por la Oficina de Participación Ciudadana del Circuito Judicial Penal de Caracas, reveló que entre enero y octubre de ese año se pospusieron 279 procesos. En 36,2% de los casos (101), el retardo obedeció a la ausencia de fiscales.
En efecto, las cárceles están plagadas de presos sin sentencia y cualquier ley que descongestione y humanice el sistema carcelario es bienvenida.
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Tags | an, Asamblea Nacional, codigo organico procesal penal, copp












07 Mayo de 2008 a las 11:44
que ganas…. mas que aprobarse ojala se cumpliera… las lista de violaciones contra los reclusos de este pais es interminable, ninguna de sus minimas garantias contempladas en el COPP actual se cumplen… los reclusos estan satisfechos con el version final de la reforma?
07 Mayo de 2008 a las 11:45
esa es la imagen de una carcel que respeta los DDHH? de un pais democratico?
07 Mayo de 2008 a las 11:56
lamentable pero cierto, Venezuela no estaba o no esta preparada para este Còdigo OLrgànico Procesal, Penal, fuera tan maravilloso, si el deber ser en aplicaciòn de este Còdigo se cumpliera. Es triste, cuando uno oye, sobre la destituciòn de un Juez por querer ser garantista, ajustado a derecho, por que el C.O.P.P., asì lo dicta. Pero màs triste es ver, como hay personas ue estan detenidas con màs de dos años y siete meses y, aùn no se les ha relizado el juicio. Es entonces cuando uno se pregunta: Y si estas personas resultan inocentes, qauien les recupera el tiempo perdido?