Política, Primera Página

TSJ avala censura previa de medios de comunicación

19 Junio de 2009 por Sala de Prensa - 9:49 am

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La Sala Constitucional desestimó un recurso de nulidad interpuesto por Globovisión y RCTV contra la Ley de Telecomunicaciones. Se asegura que la censura previa que pueda ordenar el Ejecutivo es legal y no contradice el derecho a la libertad de expresión y de información garantizado en la Constitución

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo de Justicia se convertirá en el aval judicial de la censura previa en Venezuela y del juzgamiento de empresas, compañías y sociedades.

La decisión 834, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán y el voto salvado de Pedro Rondón Haaz, desechó la nulidad del artículo 209 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, que establece, como disposición transitoria, que “el Ejecutivo nacional podrá, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la Nación, o cuando así lo exigiere el orden público o la seguridad, suspender la transmisión de comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones”.

Globovisión y RCTV señalaron que permitir la legalidad de ese artículo era violatorio del debido proceso y de las garantías judiciales, pues faculta al Presidente a exigir la salida del aire de cualquier programa, sin proceso previo. El TSJ consideró que el artículo anticipa los posibles efectos negativos que pudiera causar la masificación de un determinado contenido.

De esta forma se asegura que la censura previa que pueda ordenar el Ejecutivo es legal y no contradice el derecho a la libertad de expresión y de información garantizado en la Constitución y en las convenciones de Derechos Humanos suscritos por el Estado.

La sentencia del TSJ abre también la posibilidad de que canales como Globovisión y RCTV puedan ser enjuiciados por hechos punibles: “Las personas jurídicas ostentan la capacidad de culpabilidad penal, puesto que la culpabilidad ya no se concibe como un juicio de reproche eminentemente personal”.

-El Nacional

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1 Comentarios para este artículo

  1. Pedro Pablo Dice:

    Cuando en un “estado de derecho” se acude a “razones de estado” o de “seguridad nacional”,hay razones suficientes para sospechar que se está ad portas del totalitarismo de estado,en el cual la simulación de la legalidad,suplanta el papel del Derecho,a fin de dar legitimidad a la “dominancia” política de un grupo, en perjuicio de otros.

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